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LIBRE INVERSIÓN

El cupo de crédito será por el cuatro veces (4) la suma de los aportes y ahorros permanentes, más el 50% de la cesantía neta al momento de hacer la solicitud de préstamo, menos deudas contraídas con FONDEPROL en esta línea de crédito.

SOBRE PRIMA SEMESTRAL

Toda persona tiene derecho a un préstamo adicional equivalente al cincuenta por ciento (50%) como máximo del valor de la prima de un semestre el cual deberá ser pagado con la prima del respectivo semestre. En caso de tener liberado cupo en los préstamos ordinarios, el asociado podrá refinanciar este préstamo ubicándolo en él. Todo asociado que lleve vinculado a la empresa, un periodo superior a tres (3) meses en el semestre podrá solicitar un crédito hasta por el cincuenta por ciento (50%) de la prima a la que tenga derecho en el semestre. El crédito se concederá solo para el primer semestre y podrá utilizarlo desde el 1 de abril al 30 de mayo, antes de ser desembolsada la prima por parte de la empresa.

CALAMIDAD

Préstamo con el fin de atender necesidades de calamidad doméstica del asociado, cónyuge, padres, hijos y nietos. El cupo de crédito será por el doscientos por ciento (200%) de la suma de los aportes y ahorros permanentes más el 50% de la cesantía neta al momento de hacer la solicitud de préstamo, menos deudas contraídas con FONDEPROL en esta línea de crédito. El estado de calamidad debe estar declarado o conocido por el fondo.

SALUD

Todo asociado tendrá derecho a un préstamo distinto y adicional a todos los anteriores con el fin de atender necesidades de salud del asociado, cónyuge, padres, hijos y nietos. En este caso el cupo se calculará de la siguiente forma: El doscientos por ciento (200%) de sus aportes más los ahorros permanentes más el cincuenta por ciento (50%) de sus cesantías, menos las deudas contraídas con el Fondo en esta línea de crédito.

COMPRA O AMPLIACIÓN DE VIVIENDA

Préstamo para compra o ampliación de vivienda del asociado o vivienda del mismo grupo familiar, también se puede utilizar para compra de lote para vivienda, construcción o ampliación de vivienda donde se aprecia su mejora. En las compras deberá tenerse en cuenta para vivienda primera vez. El cupo se calculará de la siguiente forma: El seiscientos por ciento (600%) de la sumatoria de sus aportes ahorros permanentes, más el cien por ciento (100%) de sus cesantías. Si el asociado tuviere ahorro extraordinario, individual u otro ahorro adicional, puede aumentar el cupo en tres veces el valor de este ahorro quedando como garantía hasta que se pueda liberar por los abonos a capital, ose pueda cruzar para terminar de pagar el préstamo incluyendo los intereses. Este tipo de préstamo está limitado al flujo de caja y porcentaje de participación con la cartera hasta 8 años.

REPARACIÓN DE VIVIENDA

Préstamo para atender necesidades de reparación de vivienda o ampliación de la misma. La vivienda debe ser del asociado o del mismo grupo familiar donde vive el asociado o sea el propietario. El cupo se calculará de la siguiente forma: El cuatrocientos por ciento (400%) de la sumatoria de sus aportes y ahorros permanentes, más el cien por ciento (100%) de sus cesantías. Si el asociado tuviere ahorro extraordinario, individual u otro ahorro adicional, puede aumentar el cupo en tres veces el valor de este ahorro y estos tipos de ahorros quedarán como garantía hasta que se pueda liberar por los abonos a capital, ose pueda cruzar para terminar de pagar el préstamo incluyendo los intereses hasta seis y medio (6,5) años.

EDUCACIÓN

Préstamo para atender necesidades de educación del Asociado, cónyuge, padres, hijos y nietos. En este caso el cupo se calculará de la siguiente forma: El cuatrocientos por ciento (400%) de la suma de los aportes y ahorros permanentes, más el ciento por ciento (100%) de sus cesantías, menos las deudas contraídas con el Fondo en esta línea de crédito. El Asociado debe hacer llegar el soporte de pago en la universidad hasta 5 años.

INVERSIÓN EN UN NEGOCIO PRODUCTIVO

Todo asociado tendrá derecho a un préstamo distinto y adicional a todos los anteriores para invertir en un negocio productivo, unidad económica o similar, puede ser exclusivo del asociado o de su grupo familiar donde se incluya el asociado como socio, y adicionalmente podrá estar el cónyuge, hijos y nietos. El cupo total corresponderá al cincuenta por ciento (50%) de las cesantías más cuatro (4) veces el valor que resulte de sumar lo que el asociado tenga en ahorros permanentes y aportes, menos las deudas contraídas con el Fondo en esta línea, a la fecha de su solicitud. Para la capacidad de pago, también puede tenerse en cuenta los ingresos que demuestre en el negocio productivo, en este caso deberá entregar una programación, el proyecto de la unidad productiva con el flujo de caja respectivo, o de ser necesario se exigirá mayor detalle del proyecto para este tipo de préstamo, siendo este último una opción que puede ser prioritaria en caso de exigirla el Comité de evaluación de crédito y cartera o por la Gerencia hasta 4 años. Presentar el flujo de caja del proyecto.

RECREACIÓN - VACACIONES

Todo asociado tiene derecho a un préstamo adicional para disfrutar las vacaciones hasta por un salario básico del empleado como máximo, menos las deudas contraídas con el Fondo en esta línea, a la fecha de su solicitud, el cual deberá ser pagado durante el año siguiente. Debe contar con el cupo respectivo y capacidad de pago.

COMPRA DE VEHÍCULO

Crédito para compra de vehículo nuevo o usado. El cupo total corresponderá al cincuenta por ciento (50%) de las cesantías más tres (3) veces el valor que resulte de sumar lo que el asociado tenga en los aportes y ahorros permanentes. Si el asociado tuviere ahorro extraordinario, individual u otro ahorro adicional, puede ampliar el cupo en tres veces el valor de este ahorro quedando como garantía este ahorro, hasta que se pueda liberar por los abonos a capital, y se pueda cruzar para terminar de pagar el préstamo incluyendo los intereses hasta 5 años.

CREDI-YA - FONDO CATORCE

Préstamo automático sin estudio. Conocido como Fondo 14. Se calcula así: Hasta el 8% del SMMLV. Se puede aproximar a la decena siguiente (ejemplo cifras mayor a 50 mil se aproximará a 60 mil), su cancelación se hará en el próximo pago, con un plazo máximo de 30 días, no se cobra un valor en porcentaje, solo se cobra la suma de quinientos pesos m. cte. $600.00 cada vez que se utilice, y este valor va con destino al Fondo de Solidaridad. Se hace en conveniencia entre el Asociado y el Gerente o a quien este delegue. El valor de 600 pesos puede ser actualizado por la Junta Directiva. Es un cupo distinto y adicional a cualquier otro, su pago puede hacerse por fuera de nómina Puede ser utilizado varias veces siempre y cuando no deba saldo en este rubro Plazo de pago hasta 30 días.

ROTATIVO

Crédito otorgado al asociado para libre destinación. Podrá ser solicitado consecutivamente cada vez que termine el anterior. Hasta el 25% del SMMLV. Puede ser pagado por fuera de nómina. Se puede aproximar a la decena siguiente (ejemplo cifras mayor a 210 mil se aproximará a 220 mil), puede pagarlo hasta en 12 meses.

ROTATIVO - ADQUISICIÓN DE SEGURO

Crédito otorgado al asociado para compra del SOAT vehicular, y/o seguro para protección personal, familiar o de un bien mueble o inmueble. Podrá ser solicitado consecutivamente cada vez que termine el anterior. Hasta el 110% del SMMLV. Puede ser pagado por fuera de nómina. Debe entregar copia de soporte donde se observe la adquisición de un nuevo SOAT o nuevo seguro, puede pagarlo hasta 12 meses.

BIENESTAR SOCIAL

Préstamo para atender necesidades del Asociado, en su bienestar y la del cónyuge, padres, hijos y nietos. En este caso el cupo se calculará de la siguiente forma: El doscientos por ciento (200%) de la suma de los aportes y ahorros permanentes, más el ciento por ciento (50%) de sus cesantías, menos las deudas contraídas con el Fondo en esta línea Hasta 3 años.

DESARROLLO EMPRESARIAL - EMPRENDIMIENTO

Préstamo para invertir en un negocio productivo de emprendimiento y para la promoción de ocupación laboral. Podrán ser beneficiarios de los recursos del Fondo de Desarrollo Empresarial Solidario, los asociados de FONDEPROL con sus familiares que se encuentren en su núcleo familiar primario, definiéndose como núcleo familiar primario para un asociado y puede incluir a sus hijos, sus padres, su cónyuge o compañero(a) permanente, hijastros, nietos, familiares que han constituido en crianza en cabeza del asociado o de su cónyuge o compañero(a). Debe certificar la situación de crianza para los hijastros con testigos, y para la compañera permanente deberá acreditar tal relación en la forma prevista en la ley o la autorización de la Junta Directiva. Este préstamo cuenta con un crédito determinado por el REGLAMENTO DEL FONDO DE DESARROLLO EMPRESARIAL SOLIDARIO, la Junta Directiva y por este reglamento. Quedan como BENEFICIARIOS DEL FONDO DE DESARROLLO EMPRESARIAL SOLIDARIO “FODES”: Los beneficiarios de estos recursos serán quienes hayan adquirido el carácter de Asociados con antigüedad no inferior a un (1) año hasta por 1,5 años. Presentar el flujo de caja del proyecto.